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Informe anual 2007 del Defensor del Pueblo

Hace unos días la Oficina del Defensor del Pueblo hizo público el resumen de su Informe de actividades del año pasado (pdf). Simplemente echando un vistazo al índice recordamos muchos de los temas candentes de 2007: el DNI electrónico, la Ley de Dependencia o el Estatuto Básico del Empleado Público.

Dedica unas líneas a los productos y servicios financieros, interviniendo de oficio en defensa de los afectados por Forum Filatélico y Afinsa, que tuvieron dificultades en el acceso a los créditos a través del ICO. En relación a las empresas de reunificación de deudas, recuerda que no tienen regulada su actuación y escapan al control administrativo aún cuando realizan operaciones similares a las ofrecidas por los bancos o cajas.

Este sector publicita una oferta novedosa que puede fomentar cierta confusión en el ciudadano medio. Por ello, la Institución señaló en repetidas ocasiones que debe existir una regulación específica de ciertos productos, servicios y sectores de carácter complejo. Las medidas de la legislación general no resultan suficientes, puesto que se trata de un mercado dinámico que desarrolla sus actividades sin control. Por este motivo, se hace necesario un marco legal que regule estas empresas y los productos ofertados, incluyendo controles administrativos, con el fin de brindar una mayor protección a los usuarios. Finalmente, y en respuesta a la petición de información del Defensor del Pueblo, se recibió un informe en el que se señalaba que se estaba elaborando un Anteproyecto de ley conjunto entre los Ministerios de Economía y Hacienda y Sanidad y Consumo, en virtud del cual se pretende regular el sector de la intermediación y contratación de créditos por entidades no financieras.

Además, el Ministerio de Economía ya había comunicado a la Institución la modificación de la normativa en materia de crédito al consumo: protección ante publicidad engañosa, transparencia en tarifas, comisiones y precios, y regulación de comunicaciones comerciales e información previa al contrato. Del estudio de este Anteproyecto, se puede concluir la evidencia del vacío legal en esta materia, aunque sigue quedando excluido el control de las autoridades monetarias y financieras, siendo todo el control exclusivamente de consumo. En definitiva, podemos decir que se han desoído las tesis y criterios del Defensor del Pueblo.