Materias
Países
|
CategoríasDestacado
Envíos recientes a blogs
SuscribirInicio de sesión de usuario |
Cambios en la contratación pública
Enviado por Amparo Legal el Mié, 30/04/2008 - 12:51.
Hoy entra en vigor la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que deroga el texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, a excepción de las disposiciones relativas a la financiación privada en la concesión de obras públicas. La nueva norma viene motivada por la necesidad de incorporar al ordenamiento español diversas Directivas comunitarias y mejorar el marco actual a raíz de los problemas suscitados por la norma anterior. Tal como se indica en la exposición de motivos, la Ley de Contratos del Sector Público ha adoptado un enfoque que, separándose de sus antecedentes, aborda la regulación de la actividad contractual pública desde una definición amplia de su ámbito de aplicación y buscando una identificación funcional precisa del área normativa vinculada a las directivas europeas sobre contratos públicos, teniendo en cuenta que se trata de una Ley que ha de operar en un contexto jurídico fuertemente mediatizado por normas supranacionales y en relación con una variada tipología de sujetos. La identificación de las disposiciones ligadas a las directivas de contratación, por su parte, permite enmarcar de forma nítida el ámbito de regulación disponible para el legislador nacional, dentro del respeto a los principios y disposiciones del Derecho Comunitario originario que determinan la sumisión de toda la contratación pública, cuando menos, a los principios de publicidad y concurrencia, a efectos de matizar el régimen de contratación de los diferentes sujetos sometidos a la Ley, y facilitar el análisis de la norma de cara a adoptar decisiones de política legislativa. Asimismo, también entra en vigor hoy la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, que como novedad general incorpora a la regulación de los sectores excluidos, al margen de la Ley de Contratación Pública anterior, los servicios postales, y se eliminan los relativos a las telecomunicaciones, ya plenamente liberalizados. »
|
|
|