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LaboralEL GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA: Que se calle o que dimitadiv align="justify"a href="http://1.bp.blogspot.com/_rAHyc-8gJ4I/SVDL_423anI/AAAAAAAAAAs/foX4t6caiCw/s1600-h/mail.jpg"img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5282946661360298610" style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 221px; CURSOR: hand; HEIGHT: 166px; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/_rAHyc-8gJ4I/SVDL_423anI/AAAAAAAAAAs/foX4t6caiCw/s400/mail.jpg" border="0" //abr /br /strongspan style="color:#000099;"emTres cincuentines en un "aparte" del Congreso granconfederal: /emspan style="color:#cc0000;"Baylos/spanem, /emspan style="color:#cc0000;"Rodolfo/spanem y /emspan style="color:#cc0000;"Joaquín/spanem; al fondo están/em span style="color:#cc0000;"Simón Muntaner/span emy el joven delegado/em span style="color:#cc0000;"Judas del Llano/span emhablando de la propedéutica de Bartolo de Sassoferrato y Cesare Beccaria. br //em/span/strongdiv align="justify"br /br /strong/strong /divdiv align="justify"strong/strong /divdiv align="justify"strong/strong /divdiv align="justify"strong/strong /divdiv align="justify"strongUna de las primeras declaraciones del nuevo Secretario General de Comisiones Obreras ha sido tener que salirle al paso al Gobernador del Banco de España destacando su ignorancia en materia de negociación colectiva. No es la primera vez que quien tiene encomendadas importantes funciones estatales en política monetaria opina sobre asuntos socipolíticos, siempre pidiendo “reformas estructurales del mercado de trabajo”, que no son otra cosa que peticiones para reducir los derechos que protegen a la gente sometida al trabajo subordinado porque son una rémora para la economía. Más o menos lo mismo que se escuchaba en las barberías a las que acudían los terratenientes en las ciudades de provincias españolas de hace 80 o 90 años.br /br /br /En esta ocasión el Sr. Gobernador ha arremetido, nada menos, contra la inderogabilidad del convenio colectivo frente a los acuerdos individuales entre empresario y trabajador. Es decir, contra la esencia del convenio colectivo, cuya “fuerza vinculante” está reconocida en el art. 37 de la Constitución porque es un elemento fundamental en la búsqueda de un equilibrio entre las partes de la relación laboral y en un Estado Democrático y Social de Derecho como el nuestro. El mismo Parlamento Europeo con ocasión de la Directiva del tiempo de trabajo ha reafirmado ese papel del convenio rechazando la cláusula de “libertad de opción” en el suelo europeo.br /br /br /La cuestión a plantearse es si tan alta autoridad tiene legitimidad para emitir esas opiniones. En principio, como cualquier ciudadano puede opinar lo que le plazca, pero hay que recordar que nuestro sistema político parte del axioma de que el poder reside el pueblo y que todas las autoridades públicas lo ejercen en su nombre y ante el responden. Por eso los legisladores y el Gobierno se someten al veredicto del pueblo soberano cada cierto tiempo. Algunos pueden opinar que la democracia no es otra cosa que un proceso en el que las elites siempre renovadas que desde siglos ejercen el poder político se someten progresivamente a su socialización. Pero para el caso es lo mismo, quienes detentan poderes cuyo ejercicio repercute en las condiciones cotidianas de vida de los ciudadanos deben responder ante ellos.br /br /br /Pero hay algunos casos “atípicos” como el del Rey, que no responde políticamente (ni de otro modo) ante el pueblo y por eso, precisamente, debe guardar una neutralidad exquisita y abstenerse de hacer declaraciones imprudentes. El Gobernador del Banco de España es otro caso atípico porque, de acuerdo con el Tratado de la Comunidad Europea, el Banco Central Europeo y los correspondientes de los Estados miembros son “independientes” de las autoridades gubernamentales y legislativas, es decir, una vez nombrados quienes los dirigen, ni están sometidos a otros poderes ni responden de sus decisiones ante los ciudadanos.br /br /br /Parecería entonces que la prudencia y la discreción deberían de ser las virtudes de oro que marcasen férreamente su conducta y sus decisiones, lo que significa que deberían ser exquisitamente autocontenidos para limitarse estrictamente a lo que les es propio, la política monetaria, pues es evidente el déficit democrático de su cargo. Pero no es el caso de nuestros Gobernadores, especialmente del actual, ya que da la impresión que para ellos la economía no debe de ser otra cosa que un conjunto de neutras reglas técnicas que ellos mismos como expertos conocen sobre las que nada tienen que decir los ciudadanos y sus representantes. Un modo autoritario de ver las cosas inaceptable desde cualquier punto de vista.br /br /br /Nada que objetar a que defienda reformas laborales que rebajen los derechos de los trabajadores, pero eso debe plantearlo directamente a los ciudadanos y estos con su voto que decidan, lo que implica que antes debe dimitir de un puesto que se ha blindado como “independiente”, es decir irresponsable políticamente. Pues eso, o que se calle o que dimita.br /br /br /br //div/strong/div
TRABAJAR PARA VIVIR, NO VIVIR PARA TRABAJAR: Una valoración de urgenciadiv align="justify"br /br /br /strongEl abrumador rechazo del Parlamento Europeo (421 votos contra 273 y 11 abstenciones) a la propuesta de Directiva sobre tiempo de trabajo pone de manifiesto que, primero, el Parlamento ha actuado en total coherencia con el hecho de ser la única institución europea con directa responsabilidad política ante los ciudadanos que eligen a sus miembros. Las conquistas sociales de los trabajadores europeos son un patrimonio de toda la ciudadanía, especialmente las que se refieren al tiempo de trabajo, por eso a nadie en Europa si se le da libertad para elegir elige vivir para trabajar en vez de trabajar para vivir. Es decir, elige que el tiempo en el que somete a las órdenes de otro (el empresario) este limitado para que su salud no se quebrante y para tener otro tiempo para su disposición.br /br /br /La lucha histórica por las 8 horas de trabajo diarias tenían ese sentido y el Parlamento ha conectado con la ciudadanía. No así la Comisión ni el Consejo (España y Grecia se opusieron y Bélgica, Chipre, Hungría, Malta y Portugal se abstuvieron) que pretendían permitir que en Europa se trabajase 65 o mas horas a la semana. No es casualidad que ni la Comisión ni el Consejo respondan directamente ante los ciudadanos. No se sabe cómo el Consejo llega a sus acuerdos, es “la diplomacia, no la democracia” lo que rige su funcionamiento.br /br /br /Segundo, el Parlamento Europeo ha mostrado que es falsa la libertad de opción individual (opt-out) de un trabajador con su empresario para que no se le aplique el convenio colectivo o la propia directiva que limita como regla general a 48 horas la “jornada” semanal de trabajo. La Historia ha dejado claro que la relación de trabajo es una relación entre “uno que tiene poder y otro que no lo tiene” y por eso no hay libre acuerdo entre desiguales. Dicho de otra forma, lo que pretenden la Comisión y el Consejo es dinamitar el convenio colectivo pues, aún con grandes diferencias entre los sistemas de relaciones laborales nacionales europeos, en todos, de un modo u otro, la esencia del convenio colectivo es su inderogabilidad frente al acuerdo individual entre trabajador y empresario. Ese patrimonio de la civilización europea estaba seriamente amenazado y hoy el PE ha puesto un plazo de tres años para que la falsa “libertad de opción” se elimine de la faz de la tierra europea (se empezó a aplicar en 2003 en el Reino Unido y los países del Este ha seguido su senda).br /br /br /Tercero, se ha mostrado que la jornada de 48 horas puede ser flexible (calculada en un periodo de tiempo que puede llegar a un año) pero no por ello tiene que alargarse. Tal vez por estas razones el Congreso de los Diputados español, por unanimidad, votó en su día contra la propuesta de Directiva y el Parlamento Europeo ahora le ha secundado/strong./div
JUSTIFICACIÓN DE UN CURSOa href="http://www.elpais.com/recorte/20070914elpepicul_1/LCO340/Ies/Cecilia_Bartoli.jpg"img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 246px; CURSOR: hand; HEIGHT: 291px; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://www.elpais.com/recorte/20070914elpepicul_1/LCO340/Ies/Cecilia_Bartoli.jpg" border="0" //abr /diva href="http://www.elpais.com/recorte/20070914elpepicul_1/LCO340/Ies/Cecilia_Bartoli.jpg"/abr /br /div align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"/span/strong/divbr /div align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"/span/strong/divdiv align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"/span/strong/divdiv align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"/span/strong/divdiv align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"/span/strong/divdiv align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"/span/strong/divdiv align="justify"strongspan style="color:#cc0000;"JUSTIFICACIÓN DEL CURSO dirigido a expertos Latinoamericanos en Relaciones Laborales/span/strong.br /br /br /br /strongLa resolución de la llamada “cuestión social” que surgió en respuesta a las duras condiciones de vida y trabajo que sufrían los trabajadores como consecuencia de las transformaciones sociales que se engloban bajo el concepto de revolución industrial, fue uno de los mayores retos que las sociedades europeas tenían planteados en los inicios del convulso siglo XX . Durante este siglo, a pesar de los traumas de las dos guerras mundiales y de la guerra civil española, la reforma social se fue abriendo camino de modo progresivo hasta alcanzar su más alta plasmación en una nueva forma de organización del Estado que se expresó en todas las constituciones de los países de Europa occidental mediante la fórmula del Estado Social y Democrático de Derecho a partir de la segunda postguerra mundial.br /br /br /El Estado Social y Democrático de Derecho significa, no solo el sometimiento de los poderes públicos al principio de legalidad, al imperio de la ley, sino el compromiso de esos mismos poderes por hacer real la igualdad, lo que implica el desarrollo del principio de igualdad, entendido no como mera igualdad ante la ley, sino igualdad en la aplicación de la ley e igualdad en la ley. Los poderes públicos están obligados, como se establece en el art. 9.2 de la Constitución española, a remover los obstáculos que impiden o dificultan que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en los que se integra sean reales y efectivas. La acción de los poderes públicos en esta materia se complementa con el reconocimiento de los derechos fundamentales de contenido social y en el entendimiento de que todos los derechos fundamentales, incluidos aquellos típicos que protegen un espacio de inmunidad de los individuos, tienen una vertiente social que les convierte, en ciertas medida, en derechos prestacionales.br /br /br /Para llegar a este desarrollo constitucional ha sido necesario que en la esfera infraconstitucional se haya ido abriendo paso un modo de entender las relaciones entre empresarios y trabajadores en el que el ”feudalismo industrial” ha quedado abolido. Esto es, un modo de trabajar en el que se ha procedido a un reconocimiento de derechos a favor de los trabajadores a través de una técnica especifica, como ha sido la limitación de la autonomía de la voluntad individual mediante la ley y la negociación colectiva, el reconocimiento del derecho de sindicación y de la acción sindical, derecho de huelga comprendido, y la creación de mecanismos específicos para la resolución de conflictos, tanto individuales como colectivos. En definitiva mediante la aparición de una nueva rama del ordenamiento jurídico, el Derecho del Trabajo, que presupone la asunción de contribuciones de otras ramas de las ciencias sociales como la historia, la sociología, la economía y la psicología social.br /br /br /Por otro lado las condiciones de vida mas allá de la relación estricta de trabajo no podían ser ignoradas porque los trabajadores, y por extensión todos los ciudadanos, son sujetos vulnerables que caen con facilidad en estados de necesidad cuando son golpeados por acontecimientos que ellos mismos no controlan y de las que no son responsables pero acaban sufriendo, como la enfermedad, el desempleo, la falta de rentas por alcanzar avanzada edad, la invalidez, las cargas familiares, etc…la evidencia de la socialidad de determinados riesgos es lo que llevó a la creación de los primeros Seguros Sociales y después de la segunda guarra mundial a la implantación de los Sistemas de Seguridad Social.br /br /br /Derecho del Trabajo y Sistemas de Seguridad Social han sido la buena herencia que en Europa nos ha dejado el siglo XX, pues gracias a ellos se han convertido en ciudadanos amplias capas de población antes excluidas del goce de los bienes sociales. Se ha alumbrado una ciudadanía social.br /br /br /No puede negarse que la influencia cultural europea y española es y ha sido importante en el continente que hoy ha se dado en denominar como Latinoamérica que se ha manifestado en el derecho, como una parte de la cultura, de forma acusada. Si bien es cierto que el Derecho del Trabajo es el más eurocentrico de los derechos, no lo es menos que en Latinoamérica ha echado raíces, pero no puede dejar de tenerse en cuenta que las normas jurídicas no operan en el vacío, sino dentro de un contexto social y político determinado que las condiciona. El caso latinoamericano es particularmente interesante porque, si bien el derecho y en particular el Derecho del Trabajo, responde a la larga onda de la cultura europea, la organización de su economía y la política ha estado sometida a la influencia de los Estados Unidos de América lo que ha provocado que ancestrales diferencias sociales no solo no se hayan corregido, sino que se han mantenido o cuando se han dado pasos en determinados países en la nivelación social, se han frustrado con la consiguiente generación de grandes masas de excluidos sociales, como en un tiempo pasado no tan lejano ocurría en Europa. Latinoamérica es un territorio de confrontación de formas o maneras de estar en sociedad.br /br /br /Esa confrontación es particularmente intensa en los inicios del siglo XXI porque las transformaciones del modo de producir bienes y servicios son extraordinarias y van acompañadas también de transformaciones sociales y económicas de gran intensidad. La interrelación de las economías, de las formas culturales y políticas y la velocidad de la comunicación, fenómenos que de manera resumida se denominan con el término globalización, están planteando si el llamado modo europeo de estar en sociedad puede extenderse universalmente como un “orden público interno” o, por el contrario tendría que entrar en su declinar, lo que sería una regresión en las conquistas democráticas y de civilización. En tiempos de crisis global como los que vivimos estas cuestiones tienen enorme importancia, no solo científica, sino social y política, pero hay una hipótesis que puede ser útil en estos tiempos, cual es que la supervivencia del modo europeo de estar en sociedad no esta garantizada si se limita a Europa y, al tiempo, que ese modo europeo puede aportar elementos esenciales de superación de la actual crisis como el new deal los aportó en la superación de la crisis de 1929.br /br /br /La formación especializada dirigida a quienes ya son expertos en relaciones laborales de Latinoamérica puede ser un instrumento de gran utilidad para construir alternativas válidas más allá del territorio europeo que vayan en la línea de desarrollo de los valores del Estado Social y Democrático de Derecho. /strong/divbr /br /pstrong/strong/pbr /br /p align="justify"strongspan style="color:#000099;"Nota/span. He aquí un regalo para el solaz del estudiantado del curso: "span style="color:#cc0000;"Lascia che/span span style="color:#cc0000;"io pianga/span": /strongstronga href="http://www.youtube.com/watch?v=uu1Z2PoaE5I"http://www.youtube.com/watch?v=uu1Z2PoaE5I/a Canta la ciudadana de Parapanda span style="color:#cc0000;"Cecilia Bartoli/span. Que está mirándonos desde la entrada de este artículo. /pdiv align="justify"/strong/div/div
SOLIDARIDAD CON LOS MINEROS MEXICANOSdiv align="justify"strongQueridos colegas y amigosbr /br /br /Ayer fue detenido el dirigente de los mineros Carlos Pavón Campos, quien está al frente del sindicato, porque el secretario general vive en Canadá en el exilio, debido a que hay órdenes de detención contra él, por supuestos fraudes de los que lo acusan los empresarios Larrea -dueños de las minas y ferrocarriles más importantes del país-. La semana pasada la Procuraduría Federal, subordinada al presidente Calderón, detuvo al otro dirigente minero Juan Linares Montúfar y "congeló" las cuentas bancarias del sindicato, las tres acciones en una semana.br /br /br /Como se sabe (varios de ustedes tienen información del sindicato minero) desde febrero de 2006 existe una política de completa agresión contra los dirigentes, debido a que ellos y el sindicato se niegan a subordinarse a los empresarios y a los gobiernos de Fox en 2006 y de Calderón en 2007 y 2008. En los antecedentes está la tragedia de la mina Pasta de Conchos con 65 muertos, en la que el gobierno encubrió la negligencia industrial de la empresa; la agresión con cientos de heridos y dos muertos en Michoacán en 2006; la destitución del secretario general Napoleón Gómez Urrutia, por demás arbitraria por el gobierno de Fox, la que fue denunciada en la OIT; actualmente se realizan tres huelgas desde junio de 2007 sin solución, porque las autoridades se niegan a la solución legal, pese a que ya había declarado "inexistentes" (ilegales) las huelgas, las que pudieron continuar gracias a que el sindicato minero ganó los amparos ante la Suprema Corte. Además directamente han sido agredidos los dirigentes y la sede, intentando los Larrea y los gobiernos de Fox y Calderón sustituir a los dirigentes y al mismo sindicato, lo cual si no lo han logrado ha sido por la lucha de los trabajadores, la solidaridad internacional y nacional, y el esfuerzo jurídico bien librado por Néstor de Buen y su despacho.br /br /br /Carlos Pavón Campos participó en el Seminario Internacional "En Defensa de la Libartad Sindical", en conmemoración del Convenio 87 de la OIT, realizado en la Facultad de Derecho de la UNAM del 6 de noviembre pasado, denunciando las violaciones que cometía el gobierno mexicano (como ustedes recordarán), luego, junto con varios amigos, comió con nosotros.br /br /br /Queridos amigos, les pedimos su solidaridad con los mineros y sus dirigentes, exigir la inmediata liberación de Carlos Pavón Campos y Juan Linares Montúfar, el cese inmediato a las agresiones al sindicato, lo mismo que la solución a las tres huelgas mineras en el estricto cumplimiento de la ley y, sobre todo, el cumplimiento de la Ley Laboral y el Convenio 87 de la OIT, que en México es obligatoria su aplicación.br /br /br /Atentamente sus amigos y colegas de México y Oscar Alzaga./strong/div
ES HORA DE CORREGIR EL RUMBO DE LOS PACTOS DE TOLEDOa href="http://content.answers.com/main/content/wp/en/thumb/b/b7/220px-Pilar_Lorengar_in_profile.jpg"img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 220px; CURSOR: hand; HEIGHT: 274px; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://content.answers.com/main/content/wp/en/thumb/b/b7/220px-Pilar_Lorengar_in_profile.jpg" border="0" //abr /div align="justify"br /br /strong/strong/divbr /div align="justify"strong/strong/divbr /div align="justify"strongCon la tecnificación de la guerra se impuso la táctica de lanzar ataques de la artillería (después de la aviación) previos al avance de la infantería que culminaría la conquista de un territorio. Cuando, en cumplimiento de lo acordado en 1995, se aproxima la fecha en la que cumple el quinquenio en el que hay que revisar los Pactos de Toledo, aparecen estudios económicos que anuncian futuras catástrofes para “el sistema de pensiones” por su “insostenibilidad financiera” . Es algo que con la periodicidad del regreso de las golondrinas en primavera viene ocurriendo desde 1995. Que hasta ahora las agoreras previsiones que anunciaban la quiebra del Sistema de la Seguridad Social hayan resultado fallidas no desanima a los emisores de esas opiniones, aunque es verdad que ahora, con la verdadera crisis del sistema financiero internacional, tienen un tono menor que otras veces, lo que no impide que haya empezado un cierto bombardeo artillero que pretende dejar preparado el campo en el que deben medirse los negociadores de la reforma del Sistema de la Seguridad Social. El argumento es simple y repetido: por el momento no hay problemas con el Sistema de la Seguridad Social, pero en un futuro las pensiones de los pasivos será tan altas que las aportaciones de los activos no serán suficientes, por lo tanto el Sistema quebrará. La receta que los voceros liberales ofrecen para evitar esa supuesta quiebra comienza por olvidar algo elemental, esto es, que la Seguridad Social no puede quebrar en tanto exista el Estado, pues es el Estado el que garantiza las prestaciones, a partir de ahí y con el aliento de la Comisión Europea, ahora adalid de liberalismo económico, proponen drenar los fondos de Sistema de la Seguridad Social mediante el desvío de recursos hacia planes de pensiones privados (en sus fórmulas de empleo o puramente individual). Esto es lo que se llamaría una profecía que se autocumple.br /br /br /Pero como en los tiempos actuales esto no se puede decir en voz muy alta pues ya estamos viendo la suerte que corren los recursos entregados al sistema financiero mundial, ahora se trata de acentuar la “contributividad del Sistema”, lo que quiere decir acentuar la proporcionalidad entre lo que el sujeto protegido aporta y lo que recibe ya que, así, se dice, se consigue mas equidad. Esto último es una tremenda mistificación ideológica que introduce en la mente de los sujetos protegidos (muchos de ellos trabajadores) el egoísmo y la insolidaridad mediante una operación de falseamiento de lo que es la Seguridad Social. La esencia de la Seguridad Social es la solidaridad que se expresa mediante técnicas muy concretas, como son la consideración conjunta de contingencias, el mecanismo financiero de reparto y la ruptura de cualquier relación sinalagmática entre cuota y prestación. Esto último quiere decir que lo que se aporta no está en relación directa con lo que se recibe. Se aporta lo que dice la ley y se recibe lo que también la ley establece, de este modo se trata de conseguir que los que más tienen aporten para los que menos tienen, que se produzca una redistribución de rentas.br /br /br /Cierto, exigencias de legitimación hacen que el legislador procure que el nivel de vida de cuando se es activo no cambie en exceso cuando se es pasivo, con lo que las diferencias sociales se mantienen. Pero eso no permite hablar de una exigencia de “proporcionalidad” entre lo aportado y lo recibido, cosa que , además, no es posible en mecanismo financiero es de reparto en el que los actuales activos aportan para las prestaciones de los actuales pasivos, con lo que resulta que lo aportado no va a ninguna cuenta del sujeto protegido, sino directamente a la caja común que se encarga de proveer las prestaciones de los pasivos en un claro ejemplo de solidaridad intergeneracional. La contributividad es solamente una falsa ilusión, es introducir ideas de capitalización imposibles en un sistema de reparto. Lo que la contributividad significa en realidad es acentuar la fragmentación de la acción protectora del Sistema pues a lo que lleva, en unión a la separación de fuentes de financiación, es a que quienes tengan una vida profesional estable tengan para si mismos unos recursos provinientes básicamente de cuotas calculadas sobre salarios que financiaran las prestaciones (se está pensando siempre en la pensión de jubilación) de este grupo de población, a los que en aplicación de la propia lógica contributiva se les endurecerán progresivamente las condiciones para causar derecho a las prestaciones. A los que no tengan esa vida estable, los semiexcluídos, se les reservan las prestaciones asistenciales financiadas mediante el sistema impositivo general. Es como volver a Bismarck .br /br /br /Si la justificación de esta fragmentación es la falta de recursos, hay un medio a disposición del legislador. Se trata de algo tan simple como eliminar el tope máximo de cotización, que desde los años 80 del siglo pasado se viene repitiendo en la Ley de Presupuestos (en el actual Proyecto para 2009 es de 3.166,20 € brutos mensuales). Ese tope significa que quienes ganen menos de esa cantidad son solidarios con el cien por cien de lo ganan, pero quienes la superen lo son solo en una cierta medida. Es un mecanismo para hacer que los ricos se escapen en parte del esquema solidario de la Seguridad Social, lo que es contrario a los principios que la inspiran. Ahora, en plena crisis, es hora de corregir el rumbo de las reformas y no empecinarse en ellas. Hay que mejorar, en concreto, la prestación por desempleo y el aumento de costes que puede suponer puede venir de la eliminación del actual tope de cotización.br /br //strong/div
EL CÓDIGO GENÉTICO DE LA HUELGAVersión escrita en español de mi intervención oral en inglés en la sesión de clausura del Seminario de Derecho Social Comparado de Pontignano-Montepulciano II, que tuvo lugar el 18 de julio de 2008, en la sede del Palazzo del Capitano del Popolo de esta última ciudad. Estos días hemos estado discutiendo sobre “Acción Colectiva”. Acción Colectiva no es una expresión neutra, por supuesto, porque bien sabemos que las palabras jamás son neutrales, incluso más, no son inocentes, pero en si misma “acción colectiva”, no es muy emocional. Sin embargo, emociones han estado presentes estos días en nuestro trabajo. ¿Por qué? En mi opinión porque nuestras reflexiones han estado centradas en una muy especial clase de acción colectiva: La huelga. Huelga es una palabra llena de emotividad. Más allá de cualquier definición canónica, la palabra huelga provoca tanto en el que la pronuncia como en el que la oye una conmoción y, por lo mismo, una aproximación a su concepto no meramente racional. Lo mismo ocurre con otras palabras con las mantiene una estrecha relación como, por ejemplo, esquirol, scab, black-legs. Nosotros, en tanto que juristas, trabajamos con palabras, por eso, para hacer bien nuestro trabajo tenemos que ser muy respetuosos con los diferentes significados y emotividades de las palabras. Nombrar algo es hacer inteligible una realidad, en cierto modo, en nuestro campo de conocimiento, puede llegar a construirla. Strike, greve, sciopero, huelga, tienen distintas raíces etimológicas, sin embargo en inglés, francés, italiano o español llevan consigo la misma carga emotiva porque es una palabra usada para nombrar una rebelión contra un orden socialmente establecido. Debemos recordar que la relación de trabajo es una relación entre uno que tiene poder (empresario) y otro que no lo tiene (trabajador), pero al ser un poder construido socialmente la huelga puede ir, y de hecho siempre va, más allá de la mera relación contractual. Si olvidamos todo esto, incluida su dimensión emotiva, no entenderemos que es la huelga. La huelga, como una forma de rebelión, nació fuera del derecho, es más, nació contra el derecho, porque a comienzos de la revolución industrial el orden social existente era a nuestros ojos de ciudadanos del siglo XXI, injusto. El código genético de la huelga muestra al menos dos cosas: 1.- Es imposible para el derecho establecer de modo general y abstracto una previsión reguladora del fenómeno de la huelga. Los hechos desbordan al derecho, por tanto si miramos la huelga exclusivamente desde el prisma de la legalidad para constreñir toda su complejidad y encerrarla en los esquemas preestablecidos por los ordenamientos jurídicos cometeremos un grave error. 2.- La huelga puede ser usada de muchos modos, pero uno de ellos, puede que el más importante, es que es un muy útil instrumento para remover obstáculos en el camino hacia la igualdad en un orden social todavía hoy no muy justo en Europa, en donde soplan vientos que empujan a la regresión en derechos sociales tan difícilmente ganados. Es un derecho de ciudadanía ligado a la acción sindical que va más allá de la relación contractual entre empresario y trabajador. |
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